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Recomendación / medida de reparación

[De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de solución amistosa, el Estado debe:] “garantizar la educación de las víctimas hasta la conclusión de sus estudios universitarios o técnicos, según sea su interés[, … a través del] pago de becas educativas”, en los términos de los párrafos 81 a 83 de la presente Sentencia;

Título del informe / sentencia

Caso García Cruz y Sánchez Silvestre vs. México

Órgano(s) que emite(n)

Corte IDH ( Corte Interamericana de Derechos Humanos )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
6.g 2013-11-26

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos Civiles y Políticos  Derecho a la integridad personal  Tortura (Derecho a no ser sometido a) 
Derechos Civiles y Políticos  Derecho a la libertad y seguridad personales  Detención arbitraria (Derecho a no ser sometido a) 
Derechos Civiles y Políticos  Derecho al debido proceso legal  Otros componentes del derecho al debido proceso legal 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos   

Acciones Recomendadas

  • Reparación

Orden

  • Federal

Poder

  • Ejecutivo

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

El Estado mexicano, a través del Comité Técnico del Fideicomiso para el Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Derechos Humanos, aprobó los pagos relativos a las becas educativas y creó tres subcuentas a favor de los señores García Cruz y Sánchez Silvestre, así como para la hija de éste último.