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Recomendación / medida de reparación

El Comité urge al Estado parte a implementar las medidas previstas en su legislación y en sus políticas para prevenir, proteger y reparar a las mujeres y niñas con discapacidad víctimas de violencia. Así mismo, solicita al Estado Parte la recopilación periódica de datos y estadísticas sobre la situación de las mujeres y niñas con discapacidad ante la violencia, la explotación y el abuso, incluido el feminicidio.

Título del informe / sentencia

Observaciones finales sobre el informe inicial de México. Observaciones finales sobre el informe inicial de México

Órgano(s) que emite(n)

CRPD ( Comité de los derechos de las personas con discapacidad )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
CRPD/C/MEX/CO/1 34 2014-10-27

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos de grupos específicos  Derechos de niños, niñas y adolescentes  Derecho a no ser sometido a violencia, malos tratos y abandono 
Derechos de grupos específicos  Derechos de niños, niñas y adolescentes  Explotación, pornografía y abuso sexual (Derecho a no ser sometido a) 
Derechos de grupos específicos  Derechos de niños, niñas y adolescentes  Derechos de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las mujeres  Derecho a una vida libre de violencia 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las personas con discapacidad  Protección contra la explotación, la violencia y el abuso  
Derechos de grupos específicos  Derechos de las personas con discapacidad  Derechos de las mujeres con discapacidad 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las personas con discapacidad  Derechos de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad  

Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación

Tema Subtema
Feminicidio   

Acciones Recomendadas

  • Bases de datos y registros administrativos (Desarrollo de)
  • Reparación

Orden

  • Federal
  • Estatal
  • Municipal

Poder

  • Ejecutivo

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres garantiza la igualdad de oportunidades y de trato, proponiendo lineamientos institucionales hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo. Asimismo, esta Ley establece acciones afirmativas y señala que la igualdad entre mujeres y hombres implica la eliminación de toda forma de discriminación.

Por su parte, el fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres (CJM) es una política de acción y prevención de la violencia contra las mujeres, en conjunto con el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres que señala el fortalecimiento e incremento en los centros de atención integral y casas de tránsito y la promoción de servicios gratuitos y accesibles de atención especializados para las mujeres.

Los CJM brindan atención psicológica, jurídica y médica; albergues temporales; ludoteca con expertas/os en temas de desarrollo infantil, y talleres de empoderamiento social y económico para apoyar a las mujeres a salir del círculo de violencia. En caso de mujeres con discapacidad, la información es proporcionada de manera accesible y la atención puede prestarse de manera domiciliaria. Hay en operación 38 Centros de Justicia para las Mujeres en 26 Entidades Federativas, con infraestructura y personal competente para atender a mujeres con discapacidad y sus descendientes.

En noviembre 2013, se presentó la Línea “01 800 Háblalo” ofreciendo un servicio integral de alcance nacional a víctimas de violencia de género.

Asimismo, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes reconoce que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal. Obliga a que los protocolos de atención consideren su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez para la implementación de las acciones de asistencia y protección y para la reparación integral del daño, coordinando al Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes con el Sistema Nacional de Atención a Víctimas.

Las autoridades federales y locales deben adoptar medidas apropiadas para la recuperación física y psicológica, y la restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes víctimas de cualquier forma de violencia.