Recomendación / medida de reparación
El Comité recomienda que el Estado Parte prosiga sus esfuerzos para erradicar el uso indebido de drogas y alcohol dentro de su territorio, inclusive: Organizando servicios de reintegración social para los niños víctimas del uso indebido de sustancias;
Título del informe / sentencia
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 44 DE LA CONVENCIÓN
Órgano(s) que emite(n)
CDN ( Comité de los Derechos del Niño )
Datos del informe / sentencia
| Siglas de identificación |
Párrafo |
Fecha |
Descargar |
| CRC/C/MEX/CO/3 |
67 d |
2006-06-08 |
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Derechos con que se relaciona la recomendación
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| Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales |
Derecho a la salud |
Derecho a servicios públicos de salud |
| Derechos de grupos específicos |
Derechos de niños, niñas y adolescentes |
Otros derechos de niños, niñas y adolescentes |
Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación
| Tema |
Subtema |
| Consumo de drogas |
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Acciones Recomendadas
Orden
- Federal
- Estatal
- Municipal
Entidad
- Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.
PNDH
PNDH 2014-2018
Estrategia 4.1. Fortalecer los mecanismos de exigibilidad y justiciabilidad de los derechos humanos.
Líneas de acción:
4.1.1. Proponer medidas para la complementariedad de los distintos mecanismos de protección a derechos humanos.
Estrategia 4.2. Garantizar la reparación del daño y la atención integral a víctimas.
Líneas de acción:
4.2.4. Impulsar modelos de reparación del daño transformativos, no revictimizantes y emblemáticos.
PNDH 2008-2012
Estrategia 1.7. Garantizar el reconocimiento de los derechos humanos de los grupos que se encuentran en situación de discriminación o de vulnerabilidad, en la elaboración de las políticas públicas de la APF.
(SRE, SNDIF) Consolidar el Sistema Nacional de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
(APF) Promover y adoptar medidas políticas integrales y focalizadas para garantizar los derechos del niño.
(SNDIF) Dar cumplimiento al artículo 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, los Niños y los Adolescentes para la implementación de un Programa Nacional para la Atención de los Derechos de la Infancia y Adolescencia.
(SSP) Crear los modelos de tratamiento en externación de las niñas, niños y adolescentes en conflicto con la ley, a efecto de dar cumplimiento al artículo 18 constitucional.
Estrategia 2.4. Consolidar la perspectiva de derechos humanos en la prevención del delito, procuración de justicia y ejecución de sentencias.
(SSP) Fortalecer el tratamiento externo en la justicia de menores y la aplicación efectiva de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del niño en la justicia juvenil.