Recomendación / medida de reparación
Armonizar la legislación estatal y federal con el marco establecido por la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia (Países Bajos); empezar a aplicar esta ley por conducto de todas las autoridades competentes a nivel federal, estatal y municipal, incluidas las disposiciones relativas a la prevención y la erradicación de la violencia contra la mujer y la atención de las víctimas (Chile), e instar a las autoridades del Estado federal a que apliquen con urgencia de dicha ley y prestarles asistencia al respecto y, cuando la ley haya sido incorporada a la legislación de los Estados, velar por que se elabore la reglamentación apropiada para su aplicación efectiva (Irlanda);
Título del informe / sentencia
Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal
Órgano(s) que emite(n)
Consejo DH ( Consejo de Derechos Humanos )
Datos del informe / sentencia
| Siglas de identificación |
Párrafo |
Fecha |
Descargar |
| A/HRC/11/27 |
93 15 |
2009-10-05 |
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Derechos con que se relaciona la recomendación
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| Derechos de grupos específicos |
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| Derechos de grupos específicos |
Derechos de las mujeres |
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| Derechos de grupos específicos |
Derechos de las mujeres |
Derecho a una vida libre de violencia |
| Derechos de grupos específicos |
Derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos |
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Acciones Recomendadas
- Reformas al marco jurídico del Estado (Promoción, realización o implementación de)
Orden
- Federal
- Estatal
- Municipal
Entidad
- Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.
PNDH
PNDH 2014-2018
Estrategia 3.1. Asegurar el enfoque de derechos humanos en la gestión de la Administración Pública Federal.
Líneas de acción:
3.1.1. Proponer reformas al marco jurídico en materia de planeación para transversalizar e institucionalizar el enfoque de derechos humanos.
Estrategia 3.2. Responder a las problemáticas de derechos humanos de personas y grupos específicos
Líneas de acción:
3.2.2. Implementar acciones afirmativas para hacer realidad el derecho a la igualdad de personas y grupos en situación de vulnerabilidad.
Estrategia 5.3. Fortalecer los mecanismos de vinculación con las entidades federativas y municipios.
Líneas de acción:
5.3.3. Fomentar la elaboración de programas de derechos humanos en estados y municipios.
5.3.5. Generar diálogos con las entidades federativas y municipios para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos.
5.3.6. Aplicar un manual para transversalizar el enfoque de derechos humanos e interculturalidad en políticas públicas de entidades federativas y municipios.
Estrategia 5.4. Establecer mecanismos de articulación con el Poder Legislativo.
Líneas de acción:
5.4.2. Identificar las necesidades de armonización legislativa para diseñar y ejecutar una agenda común de trabajo.
PNDH 2008-2012
Estrategia. 3.2. Dar a conocer a la población para su protección, los instrumentos y mecanismos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
(SEGOB, INMUJERES, APF) Elaborar materiales que contribuyan a la difusión, por una cultura y respeto de los derechos humanos en la población, con el conocimiento de las convenciones internacionales en defensa de los derechos de las mujeres y de los grupos específicos de la sociedad en situación de vulnerabilidad y discriminación.
(SEGOB, INMUJERES) Sensibilizar sobre el contenido de las convenciones internacionales en materia de los derechos de las mujeres en los tres niveles de gobierno.
(APF) Sensibilizar a través de la realización de foros y análisis con participación de la academia, organizaciones de la sociedad civil, y con las empresas, sobre el contenido y alcance de los tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano en materia de derechos humanos y de los derechos de las mujeres en los tres niveles de gobierno.
Estrategia 2.2.- Colaborar con el Poder Judicial, con pleno respeto a su autonomía, en la protección y defensa de las garantías del debido proceso y el acceso a la justicia.
(PGR, SEGOB) Garantizar en el ámbito de competencia de la APF, el respeto al debido proceso, de acuerdo con los instrumentos internacionales de derechos humanos.