Deberá revisarse a fondo, con criterios amplios y flexibles, el sistema de procuración y administración de justicia para los indígenas a nivel nacional, con amplia participación de estos.
Informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, Sr. Rodolfo Stavenhagen
RE Indígenas (ONU) ( Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas (ONU) )
PNDH
Estrategia 1.7. Garantizar el reconocimiento de los derechos humanos de los grupos que se encuentran en situación de discriminación o de vulnerabilidad, en la elaboración de las políticas públicas de la APF.
(SEGOB, CDI, APF) Promover ante los gobiernos estatales, el reconocimiento y respeto de sus propias formas de gobierno interno, sus sistemas normativos y otras formas de solución de conflictos propios de los pueblos y comunidades indígenas.
Acciones reportadas por el Estado Mexicano
El Consejo de la Judicatura Federal, con apoyo del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, llevó a cabo el “Primer Encuentro Nacional de Operadores de Justicia Penal Indígena y Derechos Humanos», en la ciudad de Mérida Yucatán.
En ese sentido, resultó de vital importancia desplegar acciones de retroalimentación a partir de las experiencias de los distintos perfiles operativos de la Federación y de cada una de las Entidades Federativas que permitan contar con un panorama claro sobre la interacción de la justicia penal ordinaria y los sistemas normativos indígenas, que confluyen en el novedoso procedimiento especial previsto en el artículo 420 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que posibilita la extinción de la acción penal para que el conflicto penal se resuelva al interior de las comunidades indígenas.
La realización de este encuentro nacional fue una estrategia adecuada para generar espacios de reflexión, dialogo e intercambio de experiencias; un evento de esta índole permitió discutir, detectar problemáticas, examinar rutas de acción, reformular esquemas de atención y proponer buenas prácticas que logren dar contenido operativo a este nuevo esquema procesal, que garantice los derechos humanos de los individuos que se encuentran inmersos en comunidades indígenas.
En el referido encuentro participaron los Titulares de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, Titulares de los órganos encargados de la consolidación del sistema de justicia penal (uno por cada entidad federativa), los Operadores (federales y locales) involucrados en la atención penal de personas indígenas de cada entidad federativa: funcionarios del poder ejecutivo, elementos policiales municipales y estatales; ministerios públicos, defensores, académicos, peritos, juzgadores, mediadores y asesores de víctimas, y las Autoridades tradicionales que materialmente al interior de las comunidades indígenas dirimen conflictos de naturaleza penal, con independencia de su denominación formal.
Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido varios pronunciamientos que contribuyen a salvaguardar los derechos de las personas y los pueblos indígenas. Entre éstos destacan:
EXPEDIENTE VARIOS 1396/2011
1. En cuanto a personas indígenas, acceso a tutela jurisdiccional y perspectiva de género. El Estado debe tomar en cuenta la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas indígenas, derivada de su idioma y etnicidad, por tanto durante la investigación y enjuiciamiento se debe asegurar el pleno acceso y capacidad de actuar de la víctima proporcionando los medios para que la víctima acceda y participe en las diligencias del caso, para lo cual debe asegurar la provisión de intérprete y apoyo desde una perspectiva de género.
2. El derecho fundamental de las personas indígenas a acceder plenamente a la jurisdicción del Estado implica que en todo tipo de juicio o procedimiento en el que sean parte deben considerarse sus costumbres y especificidades culturales, así como que en todo tiempo sean asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura, pueden exigirse en cualquier tipo de juicio y momento procesal.