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Recomendación / medida de reparación

La Relatora Especial recomienda a las procuradurías y comisiones estatales de derechos humanos fortalecer su acción de protección de derechos humanos de los migrantes en sus programas. Es de suma importancia que los migrantes tengan acceso a mecanismos de denuncias. Asimismo, la Relatora Especial propone la creación de mecanismos accesibles de denuncia y programas conjuntos con la sociedad civil para la atención a mujeres migrantes indocumentadas víctimas de abuso por funcionarios públicos, empleadores y familiares.

Título del informe / sentencia

Informe presentado por la Relatora Especial, Sra. Gabriela Rodríguez Pizarro, de conformidad con la resolución 2002/62 de la Comisión de Derechos Humanos

Órgano(s) que emite(n)

RE Migrantes (ONU) ( Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes (ONU) )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
E/CN.4/2003/85/Add.2 55 2002-10-30

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos Civiles y Políticos  Derecho al debido proceso legal  Derecho al acceso a la justicia y la protección judicial 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las mujeres  Derecho a una vida libre de violencia 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las personas migrantes y sus familiares  Otros derechos de las personas migrantes 

Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación

Tema Subtema
Organismos públicos de derechos humanos   
Delitos contra migrantes   

Acciones Recomendadas

  • Organizaciones de la sociedad civil (Inclusión de, consulta a y colaboración con)

Orden

  • Estatal

Poder

  • Ejecutivo
  • Órganos constitucionales autónomos

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

PNDH

Estrategia 1.7. Garantizar el reconocimiento de los derechos humanos de los grupos que se encuentran en situación de discriminación o de vulnerabilidad, en la elaboración de las políticas públicas de la APF.
(SEGOB) Realizar programas de regularización migratoria, acompañados de campañas de difusión e información amplias.
Estrategia 2.2.- Colaborar con el Poder Judicial, con pleno respeto a su autonomía, en la protección y defensa de las garantías del debido proceso y el acceso a la justicia.
(PGR, SEGOB) Garantizar en el ámbito de competencia de la APF, el respeto al debido proceso, de acuerdo con los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Estrategia. 3.2. Dar a conocer a la población para su protección, los instrumentos y mecanismos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
(SEGOB, INMUJERES, APF) Elaborar materiales que contribuyan a la difusión, por una cultura y respeto de los derechos humanos en la población, con el conocimiento de las convenciones internacionales en defensa de los derechos de las mujeres y de los grupos específicos de la sociedad en situación de vulnerabilidad y discriminación.
(SEGOB, INMUJERES) Sensibilizar sobre el contenido de las convenciones internacionales en materia de los derechos de las mujeres en los tres niveles de gobierno.
(APF) Sensibilizar a través de la realización de foros y análisis con participación de la academia, organizaciones de la sociedad civil, y con las empresas, sobre el contenido y alcance de los tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano en materia de derechos humanos y de los derechos de las mujeres en los tres niveles de gobierno.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

El 28 de julio de 2016, se instauró el Grupo de Trabajo de Prevención Social de la Violencia y Protección de Personas Migrantes en México, para identificar, promover e implementar en los tres órdenes de gobierno, estrategias que contribuyan a la prevención social de la violencia y a la protección de las personas migrantes mexicanas, inmigrantes, migrantes en condición irregular y solicitantes de condición de refugiado; que se encuentran en contextos donde hay factores de riesgo vinculados con la violencia, delincuencia y/o cooptación por parte de grupos delictivos o del crimen organizado.

A nivel internacional México mantiene también un firme compromiso con la erradicación de los delitos contra migrantes, promoviendo avanzar en el tema en foros tales como la Coalición Regional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes; reuniones trilaterales, como la Cumbre de Líderes de América del Norte, y bilaterales con Canadá y Rumania, en las que se han establecido estrategias internacionales para atender el problema de tráfico ilícito de migrantes.

En el rubro de normatividad, además del marco jurídico internacional de acceso a la justicia para personas migrantes y del acuerdo de creación de la UIDPM, A/117/15, durante el 2016 se desarrollaron 2 instrumentos normativos que tienen por objeto dirigir y coordinar la actuación ministerial que se lleva a cabo en la Unidad:

a) Protocolo de actuación ministerial de investigación de delitos cometidos por y en contra de personas migrantes en condiciones de vulnerabilidad y de aquellas sujetas de protección internacional en territorio nacional. Se busca contar con elementos que faciliten la investigación y persecución de los delitos del orden federal cometidos por o en contra de personas migrantes y sus familias, en condiciones de vulnerabilidad; su búsqueda en casos de desaparición en territorio nacional y realizar acciones tendentes a la reparación del daño a las víctimas u ofendidos (as) y con ello lograr un pleno acceso a la justicia federal. Desde noviembre de 2016 es de observancia obligatoria para toda la Unidad.

b) Lineamientos de Operación del Mecanismo de Apoyo Exterior Mexicano de Búsqueda e Investigación (MAEMBI). Este instrumento busca garantizar el acceso a la justicia de las personas migrantes y sus familias que se encuentran en otro país, y que no pueden denunciar en el territorio nacional.

Durante la construcción de ambos instrumentos se contó con la participación de organismos y organizaciones internacionales y de la sociedad civil; en el Protocolo, además intervinieron académicos especializados en el tema migratorio y se cumplió con la metodología definida por la Dirección General de Planeación y Proyectos Especiales de la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional (COPLADII).

Cabe destacar la participación de la Coordinación de Asuntos Internacionales y Agregadurías (CAIA), adscrita a la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales (SJAI), durante todo el diseño y desarrollo de los Lineamientos, con quienes existe plena coordinación institucional a través de los Agregados de PGR, para la implementación del MAEMBI.

En ese mismo año 2016, la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes de la PGR puso en marcha el Mecanismo de Apoyo Exterior Mexicano de Búsqueda e Investigación, acudiendo a El Salvador y Honduras para recabar denuncias; a través de este Mecanismo.

Con la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas publicada el 17 de noviembre de 2017, surge la necesidad, entre otros aspectos, de la creación de nuevos lineamientos del Mecanismo de Apoyo Exterior (MAE), acordes a la nueva legislación y normatividad, que sin duda es un gran reto, ya que se incorporan nuevos operadores interinstitucionales con acciones específicas, por lo que sugiere una coordinación operativa total. Actualmente, este documento se encuentra en proceso de creación, bajo la coordinación del Titular de la UIDPM, a través de reuniones con los diversos actores: áreas intrainstitucionales de PGR, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Gobernación (Comisión Nacional de Búsqueda), entre otros

Igualmente, derivado de la entrada en vigor de la Ley antes mencionada, también se debe reformar el Protocolo de actuación ministerial de investigación de delitos cometidos por y en contra de personas migrantes en condiciones de vulnerabilidad y de aquellas sujetas de protección internacional en territorio nacional; sin embargo, se requiere la alineación con lo resultante del Mecanismo de Apoyo Exterior.

Finalmente, el 16 de febrero de 2018 se emitió el ACUERDO A/012/18 por el que se reforma el diverso A/117/15, por el que se crea la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes y el Mecanismo de Apoyo Exterior de Búsqueda e Investigación