A la luz de su recomendación general 19, el Comité insta al Estado Parte a que adopte sin demora todas las medidas necesarias para poner fin a la violencia perpetrada contra la mujer por cualquier persona, organización o empresa, así como a la violencia cometida por agentes estatales, o derivada de sus acciones u omisiones, a todos los niveles. El Comité insta al Estado Parte a que acelere la aprobación de la enmienda del Código Penal para tipificar el feminicidio como delito, y a que proceda a la aprobación sin demora del proyecto de Ley general para el acceso de las mujeres a una vida sin violencia. El Comité recomienda al Estado Parte que aplique una estrategia global que incluya iniciativas de prevención en las que participen los medios de comunicación y programas de educación pública destinados a modificar las actitudes sociales, culturales y tradicionales que se hallan en el origen de la violencia contra la mujer y que la perpetúan. El Comité insta al Estado Parte a mejorar el acceso de las víctimas a la justicia y a garantizar que sistemáticamente se imponga un castigo efectivo a los culpables y que las víctimas se puedan beneficiar de programas de protección. El Comité pide al Estado Parte que ponga en marcha mecanismos de seguimiento eficaces y evalúe permanentemente la repercusión de todas sus estrategias y las medidas adoptadas. Asimismo, insta al Estado Parte a que garantice que la encargada de la Fiscalía Especial para la atención de delitos relacionados con actos de violencia contra las mujeres cuente con la autoridad necesaria, así como con recursos humanos y financieros suficientes, para permitirle cumplir su mandato de forma independiente e imparcial. El Comité pide al Estado Parte que se asegure de que la Fiscal Especial tenga jurisdicción en el caso de los delitos cometidos en San Salvador Atenco, a fin de garantizar que se enjuicie y se castigue a los culpables. El Comité recomienda que el Estado Parte proporcione la asistencia económica, social y psicológica necesaria a las víctimas de estos delitos.
Informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer; 26º y 27º Periodo de sesiones
PNDH
PNDH 2014-2018
Estrategia 2.3. Impulsar y fortalecer los mecanismos de alerta para prevenir violaciones de derechos humanos.
Líneas de acción:
2.3.4. Fortalecer el mecanismo de alerta de género para la protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres.
Estrategia 2.4. Fortalecer los mecanismos internos de control y sanción de la Administración Pública Federal relacionados con derechos humanos.
Líneas de acción:
2.4.1. Promover una cultura de denuncia en contra de servidores públicos que vulneren derechos humanos.
2.4.7. Garantizar que las violaciones de derechos humanos cometidas por servidores públicos sean sancionadas efectiva y proporcionalmente.
Estrategia 3.1. Asegurar el enfoque de derechos humanos en la gestión de la Administración Pública Federal.
Líneas de acción:
3.1.4. Institucionalizar el enfoque de derechos humanos en los programas para combatir: violencia, corrupción, pobreza, hambre y desigualdad.
Estrategia 4.1. Fortalecer los mecanismos de exigibilidad y justiciabilidad de los derechos humanos.
Líneas de acción:
4.1.5. Aplicar un protocolo sobre la debida diligencia que garantice el acceso a la justicia sin discriminación.
Estrategia 4.2. Garantizar la reparación del daño y la atención integral a víctimas.
Líneas de acción:
4.2.1. Asegurar la participación de las víctimas y sus defensores en la definición y ejecución de las medidas de reparación.
4.2.2. Brindar atención integral, especializada y adecuada a las víctimas y sus familiares atendiendo a sus especificidades de género e interculturalidad.
4.2.3. Diseñar metodologías con enfoque de derechos humanos e interculturalidad para la atención a víctimas y para la reparación del daño.
PNDH 2008-2012
Estrategia. 3.2. Dar a conocer a la población para su protección, los instrumentos y mecanismos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
(SEGOB, INMUJERES, APF) Elaborar materiales que contribuyan a la difusión, por una cultura y respeto de los derechos humanos en la población, con el conocimiento de las convenciones internacionales en defensa de los derechos de las mujeres y de los grupos específicos de la sociedad en situación de vulnerabilidad y discriminación.
(SEGOB, INMUJERES) Sensibilizar sobre el contenido de las convenciones internacionales en materia de los derechos de las mujeres en los tres niveles de gobierno.
(APF) Sensibilizar a través de la realización de foros y análisis con participación de la academia, organizaciones de la sociedad civil, y con las empresas, sobre el contenido y alcance de los tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano en materia de derechos humanos y de los derechos de las mujeres en los tres niveles de gobierno.
Estrategia 4.1. Impulsar una efectiva implementación y aplicación de los tratados internacionales de derechos humanos a través de la promoción de medidas de carácter legislativo en todos los niveles del orden jurídico mexicano.
(SRE, SEGOB) Fomentar la interlocución y colaboración con los poderes de la Unión y las entidades federativas, respecto al contenido y alcance de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, de los que el Estado Mexicano es parte, con el objetivo de facilitar las reformas constitucionales correspondientes.
Estrategia 4.2. Impulsar el seguimiento de las recomendaciones, observaciones generales y opiniones consultivas de los organismos internacionales en materia de derechos humanos, así como el cumplimiento de sentencias de órganos jurisdiccionales internacionales.
(SEGOB, SRE) Hacer del conocimiento de la APF y, cuando corresponda, a las entidades federativas, así como de los otros poderes de la Unión, las recomendaciones, opiniones consultivas y observaciones generales, así como las sentencias de los organismos internacionales en materia de derechos humanos.
(SRE y SEGOB) Establecer mecanismos de coordinación con los diferentes órdenes de gobierno para el seguimiento y la atención de informes y recomendaciones a México por parte de organismos internacionales.
(SEGOB) Analizar el Convenio Marco de Colaboración con las Entidades Federativas en Derechos Humanos, a fin de evaluar las posibles acciones a desarrollar en su contexto, relativas a las obligaciones y compromisos internacionales del Estado mexicano, particularmente aquellas derivadas de recomendaciones, opiniones consultivas y observaciones generales dirigidas a México por parte de organismos internacionales de derechos humanos, así como para la efectiva ejecución de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
(APF) Analizar todas las recomendaciones emitidas por los diferentes mecanismos internacionales sobre la situación en Ciudad Juárez y Chihuahua, con la finalidad de fomentar su incorporación a las políticas públicas y la legislación correspondiente.
Estrategia 1.7 Garantizar el reconocimiento de los derechos humanos de los grupos que se encuentran en situación de discriminación o de vulnerabilidad, en la elaboración de las políticas públicas de la APF.
(INMUJERES, APF) Difundir los servicios de atención telefónica, rehabilitación física, psicológica y de reintegración social, acceso a la justicia, así como aumentar la capacidad y mejorar las condiciones de los refugios implementados para atender a las mujeres victimas de violencia.
(SSP, PGR) Garantizar a las víctimas del delito menores de edad, o en su caso, a las víctimas por violación, secuestro o delincuencia organizada, el resguardo de su identidad y otros datos personales.
(PGR) Garantizar la asesoría jurídica, la aplicación de medidas cautelares y providencia necesarias para la protección y restitución de los derechos de las víctimas; así como asegurar la reparación del daño.
(PGR, SSP) Diseñar protocolos y guías modelo para la atención de víctimas por tipo de delito, así como guías para la constitución de grupos de autoayuda en su rehabilitación.
(SSP) Conformar una red de atención integral a víctimas del delito a nivel nacional.
(PGR, SSP, SNDIF) Fortalecer las instancias para la atención inmediata de víctimas del delito y sus familiares, con especial atención en las víctimas de trata.
(SEGOB) Establecer directrices para regularizar la situación migratoria necesaria para la protección de las víctimas de trata así como de sus familiares.
Estrategia 2.4 Consolidar la perspectiva de derechos humanos en la prevención del delito, procuración de justicia y ejecución de sentencias.
(PGR) Garantizar que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas cuente con las atribuciones necesarias, así como con recursos humanos y financieros suficientes.
Acciones reportadas por el Estado Mexicano
El Estado mexicano reconoce que cualquier tipo de violencia contra las mujeres representa un atentado a sus derechos humanos. En ese sentido, se han promovido acciones específicas para erradicar de la violencia en nuestra sociedad a través de la sensibilización de los medios de comunicación, la reeducación de agresores, entre otros.
Una de las acciones más significativas es el establecimiento de los lineamientos generales para las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que establecen la importancia de promover contenidos en materia de igualdad entre mujeres y hombres, así como erradicar roles y estereotipos que fomenten cualquier forma de discriminación, violencia de género. En la misma línea, la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas promueve que los medios impresos también adopten acciones para erradicar la violencia.
También se han realizado acciones para la reeducación y rehabilitación de agresores. Por ejemplo, los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres y otras instancias a lo largo del país han asumido el compromiso de trabajar con personas agresoras. En 2017, se han atendido a 3,056 hombres en 11 de las 32 entidades federativas por medio de pláticas, talleres, terapias individuales, terapias grupales y seguimiento de casos. Por su parte, la CONAVIM y la Asociación Género y Desarrollo (GENDES) elaboraron un Modelo Conceptual y Operativo de Centros Especializados para la Erradicación de las Conductas Violentas hacia las Mujeres (CECOVIM) que establece lineamientos para desarrollar centros especializados y mecanismos de prevención y atención de personas generadoras de violencia.
La Fiscalía Especial para Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría General de la República elaboró el Protocolo Homologado con Perspectiva de Género para la Investigación Ministerial del Delito de Trata de Personas en la Modalidad de Explotación Sexual, el cual se encuentra actualmente en revisión metodológica.
Se busca que este Protocolo constituya una herramienta de apoyo para el personal sustantivo a fin de fortalecer su capacidad y sus habilidades para conducir las investigaciones de los delitos constitutivos de trata de personas con fines de explotación sexual con base en las perspectivas de derechos humanos, género y protección integral de derechos de la infancia; se trata de una herramienta que orienta sobre cómo incorporar estas perspectivas en la actuación ministerial, policial y pericial respecto de esos delitos.
Adicionalmente, en aquellos casos en que una mujer extranjera hubiese sido víctima de algún delito grave en territorio nacional, el Programa Nacional prevé que tenga la potestad de decidir sobre regularizar su situación migratoria cuando se encuentre en una situación irregular o bien acceda a la condición migratoria de Visitante por Razones Humanitarias cuando se encuentre de forma regular en territorio mexicano, en virtud de que dicho documento le permite a la mujer extranjera poder acceder a fuentes de empleo lícito o ingresar al sistema educativo.
Por otro lado, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia sanciona el feminicidio conforme al Código Penal Federal, reduce a 8 horas el plazo para emitir órdenes de protección y obliga a la PGR a llevar un registro público de delitos de género, protocolos con perspectiva de género para la búsqueda inmediata de mujeres y niñas desaparecidas y la investigación de los delitos de discriminación, violencia sexual, feminicidio, trata de personas y contra la libertad.
En diciembre de 2017, se concluyó con el proceso de tipificación del delito de feminicidio en todas las entidades federativas del país. Para dicho delito se considera feminicidio cuando se prive de la vida a una mujer por razones de género.