Investigar a fondo y sancionar la negligencia y complicidad de agentes de las autoridades del Estado en las desapariciones y homicidios de las mujeres, así como la fabricación de culpables bajo tortura; investigar y sancionar la complicidad o tolerancia de agentes de las autoridades del Estado en las persecuciones, hostigamiento y amenazas a familiares de victimas, miembros de organizaciones que las representan y otras personas involucradas en su defensa.
Informe de México producido por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer bajo el
Artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención y respuesta del Gobierno de México
PNDH
PNDH 2014-2018
Estrategia 2.4. Fortalecer los mecanismos internos de control y sanción de la Administración Pública Federal relacionados con derechos humanos.
Líneas de acción:
2.4.1. Promover una cultura de denuncia en contra de servidores públicos que vulneren derechos humanos.
Estrategia 3.3. Atender las problemáticas de derechos humanos más señaladas por organismos nacionales e internacionales.
Líneas de acción:
3.3.2. Reforzar el proceso del registro nacional oficial para la localización de personas desaparecidas, así como del registro nacional de víctimas.
3.3.8. Crear un sistema que monitoree las quejas y sistematice las denuncias por tortura, feminicidio, desaparición forzada y detención arbitraria.
3.3.9. Asegurar la debida diligencia en la investigación de denuncias por tortura e incluir la coadyuvancia de las víctimas.
PNDH 2008-2012
Estrategia 2.3.- Consolidar en el ámbito de competencia de la APF la protección y defensa de los derechos humanos en los trámites administrativos, procedimientos análogos a los jurisdiccionales y los métodos alternos para la solución de conflictos en materia administrativa.
(SFP) Fortalecer los procedimientos administrativos a fin de garantizar la imposición de la sanción correspondiente para los servidores públicos que incurran en actos de corrupción o negligencia.
Estrategia 2.4. Consolidar la perspectiva de derechos humanos en la prevención del delito, procuración de justicia y ejecución de sentencias.
(PGR y SSP) Garantizar en la procuración de justicia federal la debida institucionalización de las obligaciones establecidas en los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país con especial atención en materia de tortura.
Estrategia. 3.3. Capacitar y sensibilizar a las y los servidores públicos de la APF sobre el contenido y alcance de los derechos humanos.
(SSP, PGR, SEGOB, INAMI, SEDENA, SS) Capacitar al personal del sistema penitenciario federal, al personal autorizado para efectuar detenciones y a los que laboren en lugares de detención, en la observancia, respeto y aplicación del Protocolo de Estambul, Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, con el fin de prevenir y erradicar la tortura.
Acciones reportadas por el Estado Mexicano
Entre 2012 y 2018, la VG de la PGR inició 268 investigaciones por presuntas faltas administrativas o penales de servidores públicos de la misma institución en agravio de niñas o mujeres, los procedimientos realizados fueron: expedientes de investigación, averiguaciones previas, investigaciones por hechos de corrupción y procedimientos de remoción.
Asimismo, la investigación del delito de homicidio, en nuestro país, puede ser de competencia federal o local; la competencia local recae en las instituciones de procuración de justicia de cada una de las entidades federativas. En cuanto a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), con fundamento en el artículo 50, fracción I, incisos b) a l), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, cuando la autoridad ministerial tiene conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito federal, incluyendo el delito de homicidio de mujeres, dirige la investigación de manera inmediata, eficiente, exhaustiva, profesional e imparcial, con perspectiva de género, orientada a explorar todas las líneas de investigación posibles que le permitan allegarse de datos para el esclarecimiento del hecho delictivo, así como de la identificación de quien lo cometió o participó en su comisión.