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Recomendación / medida de reparación

El Comité insta al Estado Parte a que tome medidas más eficaces para combatir la violencia doméstica, y en particular la violencia doméstica contra la mujer, y el grave problema de los niños de la calle. El Comité insta también al Estado Parte a que ponga remedio a las causas que originan esos problemas.

Título del informe / sentencia

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Órgano que emite

CDESC ( Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
E/C.12/1/ADD.41 40 1999-12-08

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos de grupos específicos  Derechos de niños, niñas y adolescentes  Derechos de la niñez en situación de calle 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las mujeres  Derecho a una vida libre de violencia 

Orden

  • Federal
  • Estatal
  • Municipal

Poder

  • Ejecutivo

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

PNDH

PNDH 2014-2018

Objetivo 2. Prevenir las violaciones de derechos humanos

Los organismos nacionales e internacionales de protección de los derechos humanos y la sociedad civil han insistido en la necesidad de reforzar las políticas de prevención de violaciones de derechos humanos como una condición para disminuirlas. Por lo cual, es necesario reforzar la capacitación de derechos humanos en los servidores públicos ya que se ha detectado que los modelos de formación en la materia no han logrado incidir en la prevención de violaciones a los derechos humanos debido a que no se han identificado las percepciones, requerimientos y capacidades instaladas de los servidores públicos. Al mismo tiempo, resulta indispensable incorporar las perspectivas de derechos humanos, inclusión, género y no discriminación en la política educativa nacional.
Asimismo, el incremento en los índices de violencia destaca la ausencia de una cultura de paz y la incapacidad para resolver los conflictos de forma pacífica, generando ambientes violentos que propician violaciones de derechos humanos.

Estrategia 3.2. Responder a las problemáticas de derechos humanos de personas y grupos específicos
Líneas de acción
3.2.1. Formar en la defensa de sus derechos humanos a los grupos en situación de vulnerabilidad.
3.2.2. Implementar acciones afirmativas para hacer realidad el derecho a la igualdad de personas y grupos en situación de vulnerabilidad.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

CEDAW/C/MEX/7-8

15. La aplicación de la política por la igualdad y no discriminación, iniciada en 2003, por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), ha dado como resultado un total de 237 quejas6, de las cuales se lograron 21 conciliaciones; y un total de 182 reclamaciones7, de las que se obtuvieron 45 conciliaciones por presuntos actos discriminatorios contra mujeres, durante el periodo del 1.° de septiembre de 2006 al 23 de junio de 2010 (ver Anexo I, secc. A).

16. En atención a la recomendación 9 de las observaciones finales del Comité, el PROIGUALDAD especifica en su Estrategia 1.6. “Impulsar la armonización de la legislación nacional conforme a los tratados y convenciones internacionales en coordinación con los tres poderes de las entidades federativas y los mecanismos para el adelanto de las mujeres”.

17. Además, el INMUJERES ha contribuido a la armonización de sistemas y leyes contra la violencia a nivel estatal, y ha establecido una agenda de trabajo permanente con los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en sus ámbitos federal y estatal, dependencias de la APF, Instancias de la Mujer en las Entidades Federativas (IMEF) y organizaciones de la sociedad civil. Específicamente, a través del Fondo de Apoyo a los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en las Entidades Federativas para la Atención Integral de las Mujeres Víctimas de Violencia de Género, perteneciente al INMUJERES8 y al Programa de Apoyo para las Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), perteneciente al Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL) (ver cap. III infra).

18. Asimismo, dentro del Poder Legislativo, el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género (CEAMEG), habilitó en la página web de la Cámara de Diputados una base de datos que sistematiza las iniciativas de ley y puntos de acuerdo en materia de género, así como las propuestas de reformas legislativas con perspectiva de géneroperspectiva de género en materia penal, civil o familiar de todas las entidades federativas del país.

19. En materia de igualdad y no discriminación9, a mayo de 2010, 22 entidades federativas habían incorporado el principio de igualdad en sus constituciones y 25 el principio de no discriminación; 16 estados cuentan con leyes para prevenir y erradicar la discriminación10; y la discriminación ha sido tipificada como delito penal en 13 entidades federativas del país11. Además, 19 entidades federativas cuentan con una Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de las cuales, una tiene Reglamento y cinco cuentan con Sistema Estatal (ver Anexo I, secc. B).

20. En materia de violencia, 32 entidades federativas cuentan con ley estatal acorde a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV); 24 con Reglamento y 30 con Sistema Estatal. Actualmente 30 entidades federativas14 y el Distrito Federal (DF) tipifican la violencia familiar como delito; en 30 de ellas se considera como causal de divorcio y en 21 entidades federativas se tipifica la violación sexual dentro del matrimonio o la unión de hecho. Subsiste el reto de armonizar la legislación civil, penal, de procedimientos, de responsabilidades de las y los servidores públicos, del municipio, entre otras.

21. Respecto a la trata de personas, a junio de 2010, cuatro entidades federativas publicaron leyes para prevenir y sancionar este delito, y dos emitieron Reglamentos (ver anexo I, secc. B). Los Códigos Penales de 31 estados establecen el tipo penal de trata de personas (ver anexo III). 22. En atención a la recomendación 11 del Comité, en cuanto a los mecanismos de coordinación y seguimiento destinados a lograr la armonización y aplicación efectivas de los programas y políticas y a la aplicación de la LGIMH, en 2007 se instaló el Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (SNIMH) (ver cap. III infra), cuya observancia está a cargo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y es coordinado por el INMUJERES.

23. Además, en cumplimiento a la misma recomendación, la CNDH durante 2008-2010, recibió un presupuesto acumulado de 52,9 millones de pesos millones de pesos(4,4 millones de dólares de los Estados Unidos de América); 12,1 millones de pesos (1,01 millones de dólares) para atender asuntos de la mujer, niñez y la familia; y 40,8 millones de pesos (3,4 millones de dólares) para promover, divulgar, dar seguimiento, evaluar y monitorear la política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

24. Por lo que se refiere a la recomendación 13 de las observaciones finales del Comité, en México la aprobación de los proyectos de ley está supeditada a los tiempos del proceso legislativo. Cada grupo parlamentario establece su propia agenda, que contempla prioridades en materia de igualdad, equidad de género y derechos humanos de las mujeres. La Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados, integra todas las agendas en un Programa Anual del que se derivan prioridades16. Durante la LXI Legislatura, se establecieron líneas de acción para el periodo octubre 2009- agosto 2010, para dar cumplimiento a los objetivos en materia de equidad de género y derechos humanos de las mujeres.

25. En atención a las Recomendaciones generales N.º 12 y 19 del Comité, y a su recomendación 15 sobre el sexto informe periódico, el combate a la violencia contra las mujeres es prioritario en la lucha contra la discriminación y la desigualdad.

26. Las instituciones específicas que atienden esta problemática son la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA) de la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) de la Secretaría de Gobernación (SEGOB). La Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana de la Cámara de Diputados, supervisa las acciones realizadas por el gobierno en la materia.

27. La LGAMVLV publicada en febrero de 2007 y su reglamento, publicado en marzo de 2008, distribuyen competencias en los tres órdenes de gobierno en la materia, y demandan el diseño de una política integral, a través de la creación de un Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (SNPASEVM) y de un Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (PIPASEVM).

28. En 2007 se instaló el SNPASEVM para impulsar acciones interinstitucionales de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. A la fecha, se integra por 45 miembros, entre ellos, dependencias de la APF, las IMEF e instancias invitadas. En el marco de sus sesiones, se instalaron las Comisiones de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la Comisión Dictaminadora para la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género, y el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario para el estudio y análisis de la posible emisión de Declaratoria de Alerta de Violencia de Género. Asimismo, se integró el Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres, se trabajó en la elaboración del PIPASEVM, del Diagnóstico Nacional y los Modelos de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, y se actualizó el Directorio de servicios de Canalización y Atención para las Mujeres Víctimas de Violencia.

29. En abril de 2009 se actualizó la Norma Oficial Mexicana NOM-046- SSA2-2005 “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención”. Para incorporar el nuevo marco regulatorio, se actualizó el Modelo Integrado de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y Sexual, y se definieron cinco protocolos de atención y apoyo psicoemocional para atender a las usuarias, dependiendo del tipo de violencia. A través de los 278 servicios especializados de atención a la violencia familiar y de género, instalados en las 32 entidades federativas, la Secretaría de Salud (SSA) otorgó de septiembre de 2006 a agosto de 2010, atención especializada a 287,210 mujeres en situación de violencia familiar severa.

30. Entre 2008 y 2009, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) impulsó la creación de ocho “Casas de la Mujer Indígena” y fortaleció las cinco creadas en el 2003, con el objetivo de atender la violencia contra las mujeres indígenas, así como su salud sexual y reproductiva, con recursos por 15 millones de pesos (1,26 millones de dólares).

31. La operación de los refugios y centros de atención externa para mujeres víctimas de violencia, se realiza a través de las IMEF y las OSC (ver anexo I, seccs. C y D). Por su parte, la SSA destinó 212,9 millones de pesos (17,77 millones de dólares) entre 2008 y 2010 a refugios operados por OSC e instituciones públicas, que beneficiaron a más de 4.700 mujeres en 23 entidades federativas. INDESOL, a través del Programa de Coinversión Social (PCS) emitió dos convocatorias dirigidas a apoyar proyectos de esta naturaleza, destinando recursos por más de 17 millones de pesos21 (1,37 millones de dólares) a 39 OSC que beneficiaron a 9,619 mujeres (ver nexo I, secc. E); por medio del PAIMEF, otorgó recursos entre 2007 y 2010 por 225,16 millones de pesos (19,03 millones de dólares), a través de su vertiente D22 (véanse anexos XI, XII y XIII).

32. Entre 2008 y 2010 se asignó un presupuesto de 2.665,1 millones de pesos (222,5 millones de dólares), para atender la violencia contra las mujeres, que representó un 9,89 % del Presupuesto Etiquetado para Mujeres y la Igualdad de Género (PEMIG).

33. A través del Programa de Fortalecimiento para la Transversalidad de la perspectiva de géneroPerspectiva de Género (PFTPEG), 22 IMEF equiparon y fortalecieron centros de atención a mujeres y niñas en situación de violencia; se crearon 38 centros de atención itinerante en comunidades apartadas de 16 entidades federativas; 12 entidades federativas fortalecieron sus líneas telefónicas de atención a la población que enfrenta casos de violencia de género; se realizaron 26 estudios y diagnósticos en la materia y se difundieron 18 campañas que promueven el acceso de las mujeres a la justicia.

34. El Fondo PROEQUIDAD entre 2007 y 2009, apoyó a 42 OSC en 17 entidades federativas con recursos por 10,1 millones de pesos (829.000 dólares). Las principales acciones comprendieron asesoría y asistencia jurídica, terapia psicológica, refugios para mujeres y sus hijas e hijos, y estrategias de prevención, que incluyeron la difusión del derecho a una vida libre de violencia, capacitación y formación de promotoras comunitarias y el acceso a la justicia en materia de violencia familiar.

35. Por medio del PAIMEF, entre 2006 y 2010 el INDESOL distribuyó 724,5 millones de pesos (61,7 millones de dólares) (ver anexo I, secc. F) para implementar y ejecutar acciones de prevención, detección y atención a la violencia contra las mujeres.

36. En el capítulo XI del presente Informe, se describen las acciones realizadas en el ámbito laboral para erradicar el hostigamiento y el acoso sexual. Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) han impartido una serie de talleres para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral y sexual y la SCJN está próxima a concluir la elaboración de un protocolo de buenas prácticas en la materia.

37. En el ámbito escolar, la Administración Federal de Servicios Educativos en el DF cuenta con la Unidad de Atención al Maltrato y Abuso Sexual Infantil (UAMASI), que atiende quejas y denuncias de 5,800 planteles de escuelas públicas de educación inicial a secundaria. Destaca la campaña “Prevención, Atención y Sanción para la Erradicación del Acoso y Hostigamiento en los Ámbitos Escolar y Laboral” implementada en 2009 en el Instituto Politécnico Nacional (IPN), que impulsó las denuncias de 75 casos de acoso sexual, la consignación de 5 de estos casos ante el Ministerio Público y la destitución en marzo de 2010 de un director de esa Institución.

59. El análisis jurimétrico de sentencias, el estudio desde la perspectiva de género de tesis y jurisprudencia de la SCJN, la investigación sobre los obstáculos que enfrentaron las mujeres candidatas en el proceso electoral federal de 2009 y la serie editorial “Derecho, Género y Justicia”, son algunos de los proyectos destacables del Programa de Equidad de Género en el PJF, así como la creación de su página web: www.equidad.scjn.gob.mx (ver anexo XIV).

60. Para fortalecer a las OSC que trabajan en el ámbito de los derechos humanos de las mujeres, se han desarrollado diversos mecanismos y estrategias. En materia de apoyo para proyectos, destacan el Fondo PROEQUIDAD, el Programa de Coinversión Social (ver anexo III, secc. C), los programas coordinados por el Instituto Federal Electoral (IFE) (ver cap. VII), la Comisión de fomento de las actividades de las OSC,42 el programa Promoción de Convenios en Materia de Justicia de la CDI, así como los lineamientos para el proyecto Fortalecimiento de Capacidades en Materia de Equidad de Género entre la Población Indígena, publicados en septiembre de 2009.

61. En materia de consulta, destacan los foros para integrar el PND, el PROIGUALDAD y otros programas sectoriales, como los convocados por el Centro Nacional de Equidad y Género y Salud Reproductiva (CNEGSR). También sobresalen la Comisión de Política Gubernamental en Materia de Derechos Humanos43 y los dos Foros Nacionales sobre Participación de la Sociedad Civil en las IMEF. Asimismo, el INMUJERES, al igual que diversas IMEF, cuenta entre sus órganos de administración con un Consejo Consultivo y uno Social, representativos de la sociedad civil. También han participado OSC en la modificación de las normas oficiales sobre cáncer de mama y sobre violencia contra las mujeres, y son invitadas en el Comité Nacional de Cáncer de la Mujer y en el Grupo Interinstitucional de Salud Reproductiva.

62. En cuanto a la formación de redes, el INMUJERES conformó la Red Nacional Vivir sin Violencia, y el ISSSTE está conformando una Red sobre prevención y atención de la violencia contra las mujeres. La Mesa Interinstitucional de Género y Migración, trabaja en la instalación de la Red Nacional de Apoyo, Asesoría y Canalización para la Atención de Mujeres Afectadas por el Fenómeno Migratorio a través de la creación de Redes Estatales (cinco redes a agosto 2010).

63. A nivel estatal, se cuenta con mecanismos que favorecen el diálogo y acercamiento con las OSC y las IMEF, como los convenios o acuerdos de colaboración firmados en el Estado de México, Guerrero y San Luis Potosí. También se han realizado actividades de financiamiento en Guanajuato y el DF, y en Veracruz participan en la modalidad de consultorías.

64. El presente apartado también da cuenta de la aplicación de la Recomendación general N.º 25 del Comité y de la recomendación 23 de las observaciones finales del Comité.

65. A nivel jurídico normativo, la LGIMH retoma la definición del artículo 4 de la Convención sobre las medidas especiales de carácter temporal (MECT) al definir el concepto de acciones afirmativas y establece que el Gobierno Federal debe garantizar la igualdad de oportunidades, entre otras cosas, mediante la adopción de este tipo de acciones. En congruencia, el PROIGUALDAD contempla en sus siete objetivos estratégicos, líneas de acción para impulsar la adopción de medidas especiales tendientes a corregir desigualdades en distintas temáticas.

66. Como MECT dirigida a impulsar la creación y/o fortalecimiento de mecanismos nacionales y otros órganos gubernamentales para la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer, la actual administración ha canalizado importantes montos del presupuesto federal a dichas instancias; entre 2008 y 2010 el gasto etiquetado para mujeres aumentó en 41,3% en términos reales, de 7.024,8 millones de pesos en 2008 a 10.920,7 millones de pesos en 2010 (575,8 millones de dólares en 2008 a 862,6 millones de dólares en 2010) (ver caps. II y III).

67. Otro ejemplo de MECT, que también da cumplimiento al objetivo de desarrollo del Milenio número 5 relativo a la disminución de la tasa de mortalidad materna, son las diversas acciones del sector salud en estos rubros. En el ámbito educativo destacan como MECT los programas de becas para mujeres en situaciones específicas, como el Programa de Becas a Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas (PROMAJOVEN), y las becas a niñas y jóvenes que viven en condiciones de pobreza o que pertenecen a grupos indígenas, otorgadas a través del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (PDHO). La información detallada de las MECT en materia de mortalidad materna se proporciona en los capítulos XII y XIV del presente informe, y la correspondiente a los programas de becas en los artículos X y XIV. En este último se incluye también como MECT información de diversos programas para que las mujeres rurales e indígenas accedan a créditos y préstamos agrícolas.

68. En materia de participación política, destacan la reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) que establece el aumento de la cuota de género (60/40) y el destino del 2% del financiamiento público ordinario de los partidos para capacitar, promocionar y desarrollar el liderazgo político de las mujeres; así como las reformas a la normatividad electoral en 29 entidades federativas. También, el proyecto de Armonización Normativa con perspectiva de género44 que elaboró la SEDENA, el cual considera medidas como establecer una vacante exclusivamente femenina y orientadas a que las mujeres militares concursen e ingresen en igualdad de oportunidades que los hombres para contar con una trayectoria profesional militar y puedan acceder a cargos de alto nivel, aspectos impulsados en las iniciativas de reformas a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y a la Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas (ver cap. VII).

69. En atención a las Recomendaciones generales N.º 3, 12 y 19, y a la recomendación 15 de las observaciones finales del Comité, este capítulo da cuenta de las medidas adoptadas para modificar los patrones socioculturales que fomentan prácticas discriminatorias en función del sexo.

70. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra la eliminación de la discriminación y el fomento a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mandato se ha fortalecido a través de un marco normativo e institucional.

71. La LGAMVLV y la LGIMH establecen que el Estado Mexicano promueva la erradicación de conductas violentas y discriminatorias en función del género; la Ley General de Educación, dispone que la enseñanza que brinde el Estado luchará, entre otras cosas, contra los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia, especialmente la que se ejerce contra las mujeres, niñas y niños45 (ver cap. II).

72. En el PND, se contempla la realización de estrategias para eliminar conductas estereotipadas y para crear una nueva cultura que, desde el seno familiar, otorgue el mismo valor a las mujeres y a los hombres, a través de actividades de difusión, de educación y de combate a la violencia.