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Recomendación / medida de reparación

[El Comité reitera su recomendación que el Estado parte:] intensifique sus esfuerzos para luchar contra el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, especialmente mujeres y niños;

Título del informe / sentencia

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 74 de la Convención

Órgano(s) que emite(n)

CMW ( Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
CMW/C/MEX/CO/2 49 a 2011-06-04

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos Civiles y Políticos     
Derechos Civiles y Políticos  Esclavitud y servidumbre (Derecho a no ser sometido a)   
Derechos Civiles y Políticos  Esclavitud y servidumbre (Derecho a no ser sometido a)  Tráfico y trata de personas 
Derechos de grupos específicos     
Derechos de grupos específicos  Derechos de niños, niñas y adolescentes   
Derechos de grupos específicos  Derechos de niños, niñas y adolescentes  Derechos de la niñez migrante 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las mujeres   
Derechos de grupos específicos  Derechos de las mujeres  Derecho a una vida libre de violencia 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las personas migrantes y sus familiares   

Acciones Recomendadas

  • Otras acciones

Orden

  • Federal
  • Estatal

Poder

  • Ejecutivo

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

PNDH

PNDH 2014-2018

Estrategia 2.3. Impulsar y fortalecer los mecanismos de alerta para prevenir violaciones de derechos humanos.
Líneas de acción:
2.3.1. Evaluar la efectividad de los mecanismos de alerta y prevención con los que actualmente se cuenta.
2.3.2. Aplicar un protocolo interinstitucional de respuesta rápida a las necesidades de atención urgentes.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

En 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, que incluye medidas de protección integrales; prevé estrategias de coordinación para la prevención, investigación y persecución del delito.
Incorpora un capítulo sobre las víctimas extranjeras en territorio nacional y víctimas mexicanas en el extranjero.
Establece que las autoridades responsables tienen la obligación de brindar asistencia a la víctima independientemente de su situación migratoria. Considera como medidas para la protección de víctimas extranjeras la condición de estancia por razones humanitarias; la condición de refugio o protección complementaria; o bien el retorno asistido.

Asimismo, se cuenta con la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, como mecanismo para definir y coordinar la implementación de la política en materia de trata de personas.