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Recomendación / medida de reparación

El Comité recomienda al Estado Parte que examine su legislación laboral con vistas a suprimir cualesquiera restricciones de los derechos sindicales, que no sean las necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos. Reitera su petición al Estado Parte de que considere la posibilidad de retirar su declaración interpretativa del artículo 8 del Pacto y de que ratifique el Convenio Nº 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (1949). El Comité exhorta al Estado Parte a que aplique las sentencias del Tribunal Supremo de México por las que se declara ilegal la imposición de un monopolio sindical en el sector público y la «cláusula de exclusión» según la cual los empleadores públicos o privados sólo pueden contratar a los miembros de un sindicato ya existente en el lugar de trabajo. Recomienda asimismo al Estado Parte que extienda la competencia de las comisiones de derechos humanos, nacional y de los Estados, a las presuntas violaciones de los derechos laborales, y que aplique las recomendaciones relativas a la libertad sindical contenidas en el Diagnóstico nacional sobre la situación de los derechos humanos en México elaborado por la oficina local del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Título del informe / sentencia

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Órgano que emite

CDESC ( Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
E/C.12/MEX/CO/4 34 2006-06-09

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales  Derecho al Trabajo   
Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales  Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias   
Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales  Derechos sindicales   
Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales  Derechos sindicales  Derecho a formar sindicatos 
Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales  Derechos sindicales  Derecho a afiliarse al sindicato de su elección 

Acciones Recomendadas

  • Reformas al marco jurídico del Estado (Promoción, realización o implementación de)
  • Tratados internacionales de derechos humanos y reservas y/o declaraciones interpretativas (Ratificación/retiro de)
  • Recomendaciones formuladas al Estado (Aplicación de)

Orden

  • Federal
  • Estatal

Poder

  • Ejecutivo
  • Legislativo

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

PNDH

PNDH 2014-2018

Objetivo 4. Fortalecer la protección de los derechos humanos
La consolidación de una política de Estado que resulte efectiva para proteger los derechos humanos frente a violaciones cometidas por autoridades o agentes no estatales, requiere la adopción de diversas medidas y la creación de instancias enfocadas a la protección y defensa de derechos humanos. En una política en la materia es necesario considerar de manera paralela, tanto los medios de reconocimiento de derechos, como los de protección.
Del diagnóstico realizado, se identifica que, no obstante el desarrollo que han tenido los mecanismos de protección, tanto los jurisdiccionales como los de otra naturaleza, persiste la percepción de que los mecanismos de exigibilidad y justiciabilidad funcionan de manera aislada y poco efectiva, lo cual obstaculiza ofrecer una protección integral y garantizar una verdadera protección de los derechos.