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Recomendación / medida de reparación

[De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de solución amistosa, el Estado debe:] pagar a cada una de las víctimas las cantidades acordadas por concepto de indemnizaciones del daño material y del daño inmaterial, en los términos de los párrafos 94, 96, 97, 99 y 100 de la presente Sentencia, y

Título del informe / sentencia

Caso García Cruz y Sánchez Silvestre vs. México

Órgano(s) que emite(n)

Corte IDH ( Corte Interamericana de Derechos Humanos )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
6.m 2013-11-26

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos Civiles y Políticos  Derecho a la integridad personal  Tortura (Derecho a no ser sometido a) 
Derechos Civiles y Políticos  Derecho a la libertad y seguridad personales  Detención arbitraria (Derecho a no ser sometido a) 
Derechos Civiles y Políticos  Derecho al debido proceso legal  Derecho a ser indemnizado en caso de haber sido condenado por error judicial 
Derechos de grupos específicos  Derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos   

Acciones Recomendadas

  • Reparación

Orden

  • Federal

Poder

  • Ejecutivo

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

El 16 de abril de 2014, mediante cheques a favor de los señores García Cruz y Sánchez Silvestre, se hizo efectivo el pago de indemnizaciones por daño material y daño inmaterial.