[En materia de derechos de las mujeres:] Elaborar políticas públicas para combatir la discriminación, la explotación y el abuso del cual son víctimas las mujeres migrantes. Estas políticas deben desarrollarse desde una perspectiva de género.
Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México
Acciones reportadas por el Estado Mexicano
El 30 de abril del año 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional para la Igualdad y no Discriminación (PRONAIND) 2014-2018 como un programa de carácter especial.
Con fundamento en las fracciones XXII y XXIII del artículo 20 de la LFPED, el CONAPRED tiene las atribuciones de elaborar, coordinar, supervisar, formular observaciones y directrices para el cumplimiento del Programa Nacional.
El PRONAIND es un programa de carácter especial acorde con la prioridad del desarrollo integral para el país establecida en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018), específicamente en el Eje México en Paz y su alineación con los otros cuatro ejes, por lo que su ejecución es de observancia obligatoria para toda la Administración Pública Federal
El PRONAIND cuenta con un diagnóstico sobre la situación de la discriminación en el país, en el cual identifica la persistencia de las brechas de desigualdad en el acceso y ejercicio de los derechos humanos de las personas pertenecientes a grupos en situación de discriminación. Para el cumplimiento del Programa se establecen seis objetivos, 35 estrategias y 242 líneas de acción, y de este universo 23 líneas de acción están dirigidas a la atención específica de mujeres.
También, el 30 de abril de 2014 se publicó en el DOF el Programa Especial de Migración 2014-2018 (PEM), con el propósito de atender de una manera integral el fenómeno migratorio e instrumentar los principios y derechos humanos de las personas migrantes consagrados tanto en la Ley de Migración como en otras disposiciones normativas, con el propósito de consolidar una política de Estado en la que participen de manera articulada y coordinada los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil organizada, con base en los enfoques de corresponsabilidad, derechos humanos y género.
El PEM incluye 23 líneas de acción que contribuyen a institucionalizar la política de Estado que garantiza el ejercicio y respeto de derechos humanos de las mujeres y niñas migrantes, al incorporar la perspectiva de género y criterios diferenciados en el diseño, monitoreo, seguimiento y evaluación de programas que brindan atención especializada; en los trámites y servicios migratorios; en la atención en la repatriación; la capacitación de servidoras y servidores públicos; y en servicios que contribuyen a su integración social en el ámbito local.
En la segunda sesión ordinaria de 2016 del Consejo Consultivo de Política Migratoria se conformó el Grupo Técnico para la Incorporación de la Perspectiva de Género en las Políticas de Atención y Protección de las Mujeres Migrantes e instalado oficialmente el 17 de enero de 2017 con el objetivo de establecer estrategias para la incorporación de la perspectiva de género y la instrumentación de acciones afirmativas en las normas y procedimientos administrativos y en las políticas públicas migratorias que permitan a las mujeres migrantes el acceso y ejercicio de sus derechos.