Recomendación / medida de reparación
[A fin de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la reparación y a una indemnización rápida, justa y adecuada de todas las personas que hubieran sufrido un perjuicio directo como consecuencia de una desaparición forzada, el Comité recomienda que el Estado parte:] Tome medidas para asegurar que todas las instancias que tengan información de una víctima en el sentido de la ley procuren la inscripción de esta persona en el registro de víctimas de la CEAV.
Título del informe / sentencia
Observaciones finales sobre el informe presentado por México en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención
Órgano(s) que emite(n)
CED ( Comité contra las Desapariciones Forzadas )
Datos del informe / sentencia
| Siglas de identificación |
Párrafo |
Fecha |
Descargar |
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39.c |
2015-07-01 |
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Derechos con que se relaciona la recomendación
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| Derechos Civiles y Políticos |
Derecho a no ser sometido a desaparición forzada |
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| Derechos de grupos específicos |
Derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos |
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Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación
Acciones Recomendadas
- Bases de datos y registros administrativos (Desarrollo de)
- Reparación
Orden
- Federal
- Estatal
- Municipal
Entidad
- Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.
Acciones reportadas por el Estado Mexicano
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas cuenta con el registro de 1105 personas inscritas al Registro Nacional de Víctimas por desaparición forzada.
En 2017 se emitieron Reglas de Operación para el Funcionamiento del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a fin de garantizar la atención adecuada a las víctimas y se creó el Fondo de Emergencia para víctimas tanto directas como indirectas situadas en contexto de casos de Desaparición Forzada, en el cual se contempla el pago de alimentos y alojamiento. Con la entrada en vigor de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por particulares y del sistema Nacional de Búsqueda de personas el pasado 16 de enero, podrán ponerse en marcha los mecanismos ahí previstos, así como las garantías procesales de intervención de las víctimas en la búsqueda y localización de sus familiares, así como de la garantía de acceso a la justicia y reparación.
El personal adscrito a la asesoría jurídica se encuentra obligado a ofrecer soluciones a las víctimas indirectas, respecto a su derecho a promover una Declaración Especial de Ausencia, para todos los asuntos que puedan derivarse de la desaparición de sus familiares.