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Recomendación / medida de reparación

[A fin de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la reparación y a una indemnización rápida, justa y adecuada de todas las personas que hubieran sufrido un perjuicio directo como consecuencia de una desaparición forzada, el Comité recomienda que el Estado parte:] Tome medidas para asegurar que todas las instancias que tengan información de una víctima en el sentido de la ley procuren la inscripción de esta persona en el registro de víctimas de la CEAV.

Título del informe / sentencia

Observaciones finales sobre el informe presentado por México en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención

Órgano(s) que emite(n)

CED ( Comité contra las Desapariciones Forzadas )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
39.c 2015-07-01

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos Civiles y Políticos  Derecho a no ser sometido a desaparición forzada   
Derechos de grupos específicos  Derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos   

Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación

Tema Subtema
   

Acciones Recomendadas

  • Bases de datos y registros administrativos (Desarrollo de)
  • Reparación

Orden

  • Federal
  • Estatal
  • Municipal

Poder

  • Ejecutivo

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas cuenta con el registro de 1105 personas inscritas al Registro Nacional de Víctimas por desaparición forzada.

En 2017 se emitieron Reglas de Operación para el Funcionamiento del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a fin de garantizar la atención adecuada a las víctimas y se creó el Fondo de Emergencia para víctimas tanto directas como indirectas situadas en contexto de casos de Desaparición Forzada, en el cual se contempla el pago de alimentos y alojamiento. Con la entrada en vigor de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por particulares y del sistema Nacional de Búsqueda de personas el pasado 16 de enero, podrán ponerse en marcha los mecanismos ahí previstos, así como las garantías procesales de intervención de las víctimas en la búsqueda y localización de sus familiares, así como de la garantía de acceso a la justicia y reparación.

El personal adscrito a la asesoría jurídica se encuentra obligado a ofrecer soluciones a las víctimas indirectas, respecto a su derecho a promover una Declaración Especial de Ausencia, para todos los asuntos que puedan derivarse de la desaparición de sus familiares.