Detalle de la Búsqueda

Recomendación / medida de reparación

[Búsqueda] Crear una comisión de búsqueda de personas desaparecidas. Dicho mecanismo deberá ser de carácter mixto, con presencia de organizaciones de la sociedad civil y de víctimas, para que coordine las políticas públicas en la materia. En este sentido, se requiere también constituir comisiones estatales de búsqueda de personas desaparecidas, con presencia de funcionarios responsables y con capacidad ejecutiva.

Título del informe / sentencia

Informe Ayotzinapa. Investigacion y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa

Órgano(s) que emite(n)

GIEI (CIDH) ( Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (Comisión Interamericana de Derechos Humanos) )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
2015-09-06

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos Civiles y Políticos  Derecho a no ser sometido a desaparición forzada   
Derechos de grupos específicos  Derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos   

Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación

Tema Subtema
   

Acciones Recomendadas

  • Instituciones del Estado (Creación, reforma o fortalecimiento de)
  • Organizaciones de la sociedad civil (Inclusión de, consulta a y colaboración con)
  • Políticas públicas y programas institucionales (Implementación de)
  • Otras acciones

Orden

  • Federal
  • Estatal

Poder

  • Ejecutivo

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

En noviembre de 2017, se publicó el Decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, entrando en vigor el 16 de enero de 2018. La cual tiene por objeto:

• Establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como los delitos vinculados a la misma.
• Establecer los tipos penales en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como otros delitos vinculados y sus sanciones.
• Crear el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
• Crear la Comisión Nacional de Búsqueda.
• Garantizar la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas.
• Crear el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
• Establecer las modalidades de participación de los familiares en las acciones de búsqueda y en las etapas de investigación.

En ese sentido, la Ley General contempla dos ejes base:
1. La búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas a cargo de la Comisión Nacional de Búsqueda dependiente de la Secretaria de Gobernación y de las Comisiones Locales, para lo cual crea un entramado institucional exprofeso para ello.
2. La investigación de los delitos de Desaparición forzada de personas y Desaparición cometida por particulares, a cargo de la PGR, Procuradurías o Fiscalías Generales de los Estados, a través de sus Fiscalías Especializadas en la materia.

Dicha Ley establece que la PGR debe contar con una fiscalía especializada para la investigación y persecución de los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, misma que deberá coordinarse con las autoridades competentes para buscar a las personas desaparecidas y no localizadas, esclarecer el hecho que la ley señala como delito, así como prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en la materia, y los vinculados con ésta.

De igual forma, establece la forma de participación de los familiares y garantiza su coadyuvancia en las etapas de la investigación, de manera que puedan verter sus opiniones, recibir información, aportar indicios o evidencias, y dar impulso permanente a la búsqueda de personas desaparecidas.

En febrero de 2018, se creó la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada, como la unidad encargada de iniciar, dirigir, coordinar y supervisar las investigaciones relacionadas con los delitos señalados en la Ley General.

La Ley contempla la búsqueda inmediata de cualquier persona cuyo paradero se desconozca. Al respecto, la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) coordina acciones de búsqueda con fiscalías a nivel federal y local, y canaliza los casos a la Policía Federal para su atención inmediata. Adicionalmente, la CNB se encuentra trabajando en el Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas.