Recomendación / medida de reparación
[Derecho a la verdad] Contar con un sistema de información periódica así como de escucha a los familiares y representantes, para adecuar el proceso a las expectativas y necesidades que se
planteen, así como a los estándares y mejores prácticas internacionales en la protección de los derechos de las víctimas en los procesos de investigación.
Título del informe / sentencia
Informe Ayotzinapa. Investigacion y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa
Órgano(s) que emite(n)
GIEI (CIDH) ( Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (Comisión Interamericana de Derechos Humanos) )
Datos del informe / sentencia
| Siglas de identificación |
Párrafo |
Fecha |
Descargar |
|
– |
2015-09-06 |
|
Derechos con que se relaciona la recomendación
| |
|
|
| Derechos Civiles y Políticos |
Derecho al debido proceso legal |
Derecho al acceso a la justicia y la protección judicial |
| Derechos Civiles y Políticos |
Derecho a la libertad de expresión, opinión e información |
Derecho al acceso a la información |
| Derechos Civiles y Políticos |
Derecho a no ser sometido a desaparición forzada |
|
| Derechos Civiles y Políticos |
Derecho a la verdad |
|
| Derechos de grupos específicos |
Derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos |
|
Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación
Acciones Recomendadas
Entidad
- Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.
Acciones reportadas por el Estado Mexicano
La Ley General de Víctimas, de orden público, de interés social y observancia en todo el territorio nacional, en términos de lo dispuesto por los artículos 1o., párrafo tercero, 17, 20 y 73, fracción XXIX-X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Tratados Internacionales celebrados y ratificados por el Estado Mexicano, y otras leyes en materia de víctimas, contempla dentro de sus objetivos.
Artículo 7: “…Las víctimas tendrán, entre otros, los siguientes derechos:”
X. A solicitar, acceder y recibir, en forma clara y precisa, toda la información oficial necesaria para lograr el pleno ejercicio de cada uno de sus derechos;
XIII. A ser efectivamente escuchada por la autoridad respectiva cuando se encuentre presente en la audiencia, diligencia o en cualquier otra actuación y antes de que la autoridad se pronuncie;