Recomendación / medida de reparación
Lleve a cabo con urgencia investigaciones independientes sobre los efectos en el medio ambiente y la salud de los proyectos de desarrollo, las actividades industriales y comerciales y el uso extensivo de plaguicidas, haciendo hincapié en la contaminación o la sobreexplotación de las fuentes de agua, particularmente cuando esas fuentes de agua se utilizan para abastecer a una o más comunidades. Otra cuestión urgente es la vigilancia sistemática del nivel de contaminantes específicos en el agua corriente.
Título del informe / sentencia
Informe del Relator Especial sobre el Derecho Humano al Agua Potable y el Saneamiento acerca de su mision a Mexico
Órgano(s) que emite(n)
RE Agua ( RE Agua )
Datos del informe / sentencia
| Siglas de identificación |
Párrafo |
Fecha |
Descargar |
| A/HRC/36/45/Add.2 |
68 o |
2017-08-02 |
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Derechos con que se relaciona la recomendación
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| Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales |
Derecho a la salud |
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| Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales |
Derecho de acceso a los servicios públicos |
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| Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales |
Derecho al acceso al agua y el saneamiento |
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| Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales |
Derecho a un medio ambiente sano |
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Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación
| Tema |
Subtema |
| Pobreza y desarrollo |
Mega-proyectos |
| Empresas y derechos humanos |
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| Recursos naturales |
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Acciones Recomendadas
- Estudios o investigaciones multidisciplinares (Elaboración de)
- Otras acciones
Acciones reportadas por el Estado Mexicano
Dentro de las Reglas del Programa de Infraestructura Indígena se establece la verificación de documentación que se debe contar con el dictamen de impacto ambiental, permisos de aprovechamiento de aguas, de descargas de aguas residuales, aprovechamiento de recursos naturales, cuando así lo requieran los proyectos de obra a ejecutar.
El Programa Federal de Saneamiento de Aguas Residuales incrementa el tratamiento de aguas residuales municipales en las entidades federativas del país, con el propósito de apoyar en la prevención y/o control de la contaminación de aguas nacionales. Por su parte, el apartado Infraestructura para el Tratamiento de Aguas Residuales debe llevarse a cabo cumpliendo con los parámetros establecidos en la norma oficial mexicana correspondiente.
Por otro lado, el volumen y la concentración de las cargas contaminantes han aumentado derivado del crecimiento poblacional y de las actividades económicas, por lo que hace necesaria la modificación de los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales.