Recomendación / medida de reparación
El Estado debe pagar, dentro del plazo de un año a partir de la notificación de esta Sentencia, las cantidades fijadas en los párrafos 371, 373 y 375 a 376 de la misma por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, y el reintegro de costas y gastos, en los términos de los párrafos 378 a 380 de esta Sentencia.
Título del informe / sentencia
Caso Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco vs. México
Órgano(s) que emite(n)
Corte IDH ( Corte Interamericana de Derechos Humanos )
Datos del informe / sentencia
| Siglas de identificación |
Párrafo |
Fecha |
Descargar |
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16 |
2018-11-28 |
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Derechos con que se relaciona la recomendación
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| Derechos Civiles y Políticos |
Derecho a la integridad personal |
Tortura (Derecho a no ser sometido a) |
| Derechos Civiles y Políticos |
Derecho a la integridad personal |
Tratos o penas crueles, inhumanos y/o degradantes (Derecho a no ser sometido a) |
| Derechos de grupos específicos |
Derechos de las mujeres |
Derecho a una vida libre de violencia |
Temas y subtemas con que se relaciona la recomendación
| Tema |
Subtema |
| Seguridad ciudadana |
Otros operativos policiales |
Acciones Recomendadas