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Recomendación / medida de reparación

El Estado parte debe adoptar medidas para garantizar que las autoridades, incluidos los tribunales, en todos los estados, sean conscientes de los derechos enunciados en el Pacto y de su deber de garantizar su aplicación efectiva, y que la legislación tanto a nivel federal como estatal sea armonizada con el Pacto.

Título del informe / sentencia

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 40 DEL PACTO

Órgano(s) que emite(n)

Comité DH ( Comité de Derechos Humanos )

Datos del informe / sentencia

Siglas de identificación Párrafo Fecha Descargar
CCPR/C/MEX/CO/5 5 2010-04-07

Derechos con que se relaciona la recomendación

     
Derechos Civiles y Políticos  Derechos civiles y políticos (genérico)   

Acciones Recomendadas

  • Reformas al marco jurídico del Estado (Promoción, realización o implementación de)

Orden

  • Federal
  • Estatal
  • Municipal

Poder

  • Ejecutivo
  • Legislativo
  • Judicial

Entidad

  • Esta recomendación / medida de reparación va dirigida a todas las entidades.

PNDH

PNDH 2014-2018

Estrategia 2.1. Fortalecer la incidencia de la capacitación de derechos humanos en la Administración Pública Federal.
Líneas de acción:

2.1.1. Identificar las necesidades de formación a partir de las percepciones, requerimientos y capacidades instaladas de los servidores públicos.

2.1.2. Implementar un modelo de formación integral para servidores públicos en derechos humanos y género.

2.1.3. Generar instrumentos de evaluación del modelo de formación que midan conocimientos y capacidad de aplicarlos en la gestión administrativa.

2.1.4. Diseñar y mejorar instrumentos de capacitación y sensibilización para atender a la ciudadanía con enfoque intercultural y de derechos humanos.

2.1.5. Incluir materias de derechos humanos y género en los subsistemas y programas del servicio profesional de carrera.

2.1.6. Crear incentivos institucionales para fomentar la capacitación y formación en la materia.

2.1.7. Promover la exigencia de conocimientos de derechos humanos para el ingreso, permanencia, ascenso y certificación del servicio público.

Estrategia 1.2. Promover la armonización legislativa conforme a los contenidos constitucionales establecidos en la reforma.
Líneas de acción:

1.2.3. Colaborar con las autoridades locales competentes para la armonización de su marco normativo.

PNDH 2008-2012

Estrategia 2.2.- Colaborar con el Poder Judicial, con pleno respeto a su autonomía, en la protección y defensa de las garantías del debido proceso y el acceso a la justicia.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

Previo a la reforma constitucional de 2011, en la que se establece el principio pro persona, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que todas las autoridades judiciales del país deben efectuar un “control de convencionalidad” ex oficio entre las leyes internas y los tratados internacionales.

La SCJN publicó ocho protocolos de actuación para facilitar a los juzgadores el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos, en el ámbito de sus competencias.

Asimismo, la Conferencia Nacional de Gobernadores, que agrupa a los titulares del Ejecutivo de las
32 entidades federativas, tiene una Comisión de Derechos Humanos cuyo mandato es armonizar los sistemas normativos de los estados con estándares internacionales en derechos humanos.

Adicionalmente, el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018 incluye una estrategia para promover la armonización legislativa conforme a la reforma. Las constituciones locales de las 32 entidades federativas se encuentran armonizadas con la reforma constitucional en materia de derechos humanos.

En 2012, se creó un Fideicomiso para el Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Derechos Humanos, cuyo objetivo es asegurar la reparación a violaciones de derechos humanos en cumplimiento a recomendaciones y resoluciones emitidas por organismos internacionales, así como por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.