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La herramienta tiene como unidad de observación cada recomendación o medida de reparación, tal como la redactó el propio órgano emisor. Dichas recomendaciones o medidas de reparación se encuentran en las secciones de los informes y sentencias explícitamente dedicadas a las mismas por los mecanismos de derechos humanos de la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). El criterio básico para identificar una recomendación es el del párrafo o (en su caso) el inciso dentro de los informes correspondientes. En el caso de las sentencias, el criterio básico de identificación fue el párrafo.

La base de datos permite hacer búsquedas por palabra clave o determinados criterios de clasificación, de acuerdo a los siguientes rubros (Ver Matriz de Clasificación completa):

Órgano o mecanismo emisor.

Listado de los órganos y mecanismos que han emitido informes o sentencias a México.

Título del informe

Datos del informe

Fecha de publicación del informe o sentencia, sigla de identificación, párrafo y/o inciso donde aparece la recomendación.

Derechos.

Partiendo de los instrumentos internacionales de derechos humanos, y tomando en cuenta el listado del Índice Universal de Derechos Humanos de Documentos de Naciones Unidas (Índice Universal de los Derechos Humanos sobre los documentos de las Naciones Unidas), (Nota 1) y el listado de HURIDOCS (Nota 2), se definió una matriz extensa de derechos concretos, los cuales, a su vez, fueron agrupados con base en un esquema de tres niveles que van de lo general a lo particular. (Nota: Una misma recomendación puede estar relacionada con más de un derecho o grupo de derechos en los distintos niveles de clasificación).

Tema/subtema.

Se definió un listado de temas que pueden ser de interés para las y los usuarios de la base de datos y que no necesariamente serán identificados con facilidad mediante una búsqueda con base en el rubro de “derechos”. (Nota: Una misma recomendación puede estar relacionada con más de un tema o subtema, aunque no todas ellas son, necesariamente, susceptibles de ser catalogadas de acuerdo a un tema y un subtema).

Tipo de acciones.

Los tipos de acciones que están implicadas en las recomendaciones de los órganos o mecanismos, según el listado que se menciona en la Matriz de clasificación.

Orden de gobierno.

Hace referencia al orden o, en su caso, los órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) que tienen competencia para tomar acciones con respecto a la recomendación o medida de reparación.

Entidad de la República.

Hace referencia a las recomendaciones y medidas de reparación que están dirigidas o competen a cada una de las entidades de la República.

Poder.

Hace referencia al poder (o en su caso los poderes) del Estado (incluyendo los órganos constitucionales autónomos) que tiene competencia para tomar acciones con respecto a la recomendación o medida de reparación: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Además de los rubros de clasificación anteriores, cada recomendación ofrece una “ficha” con la siguiente información, la cual hace posible su localización dentro de un informe específico:

Título.

Siglas de identificación.

Fecha de publicación.

Párrafo y/o inciso.

Entidad

Se indica si la recomendación/sentencia está dirigida a una entidad federativa en particular o tiene un alcance general.

Acciones reportadas por el Estado Mexicano

La información contenida en esta sección es responsabilidad única y exclusiva de la Secretaría de Relaciones Exteriores, por lo que en su elaboración, compilación, revisión y validación no participaron las otras instancias promotoras del proyecto.

Esta sección recoge información sobre las medidas llevadas a cabo por el Estado mexicano para implementar las recomendaciones y sentencias dirigidas a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y los tres niveles de gobierno, de conformidad con los métodos de seguimiento de cada uno de los respectivos mecanismos de derechos humanos. En vista de que algunos mecanismos no tienen esquemas de seguimiento a sus recomendaciones, en la segunda fase ya finalizada sólo se ha incorporado la información sobre el seguimiento de las recomendaciones emitidas por órganos de tratados, a los cuales se presenta un informe periódico sobre las acciones emprendidas por el Estado para dar cumplimiento a las distintos tratados. De esta manera, en esta sección se incorporan las acciones reportadas por el Estado mexicano a los Comités contenidas en los informes periódicos de México a dichos órganos.

En el caso de los mecanismos internacionales de derechos humanos que carecen de sistemas de seguimiento a sus recomendaciones, en una tercera fase la sistematización será complementada con información y sobre la base de una metodología expresamente desarrollada para dicho propósito.

El proceso de clasificación de cada recomendación y medida de reparación requirió un ejercicio de interpretación. Es decir, las recomendaciones y medidas de reparación no siempre son explícitas en cuanto a, por ejemplo, el derecho o tema con el que pueden estar relacionadas, o el orden o poder que puede tener competencia para tomar acciones con vistas a su implementación. En este sentido, y con el fin de minimizar errores o sesgos de interpretación, el proceso de clasificación sigue los siguientes criterios:

1) Se ha hecho con base en y a la luz de los instrumentos internacionales y la jurisprudencia de los órganos correspondientes.

2) Fue realizado por un equipo de las tres instituciones con conocimiento en derecho internacional de los derechos humanos.

3) Las recomendaciones y medidas de reparación se clasificaron tomando en consideración la totalidad del contenido del informe o sentencia en cuestión.

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Notas:

(1) Ver www.universalhumanrightsindex.org
(2) Judith Dueck, Manuel Guzmán y Bert Verstappen, Micro-tesauros: una herramienta para la documentación de violaciones a los derechos humanos, Versoix, Suiza: HURIDOCS, 2006